Ya es oficial: Presidente Medina creó el programa “Quisqueya sin Miseria” - LA VOZ DE SAN JUAN R.D

Breaking

Home Top Ad

Post Top Ad

Responsive Ads Here

viernes, 24 de agosto de 2012

Ya es oficial: Presidente Medina creó el programa “Quisqueya sin Miseria”


El presidente de la República, Danilo Medina Sánchez, creó ayer el programa “Quisqueya sin Miseria”, anunciado en su discurso de toma de posesión. La iniciativa, creada mediante el decreto 491-12,  será ejecutada por la Dirección General de Programas Especiales de la Presidencia, entidad creada  mediante la misma disposición con la finalidad de fomentar el desarrollo de capacidades y oportunidades que permitan reducir la pobreza y la exclusión social.
Según indica el decreto, la Dirección General de Programas Especiales de la Presidencia ha sido concebida “con un enfoque de derechos, integral, sistémico y con base territorial, a partir de la generación de corresponsabilidad social y de promoción de la acción coordinada y concentrada de los entes gubernamentales”.
Atribuciones. El artículo dos de la disposición presidencial, indica que los recursos necesarios para el funcionamiento de la nueva dependencia gubernamental serán aportados por el Poder Ejecutivo del presupuesto nacional y asignaciones especiales.  Otras fuentes de financiamiento que tendrá la Dirección serán los presupuestos especializados de las distintas dependencias, aportes privados, la cooperación internacional y otros recursos que sean aprobados por el Poder Ejecutivo.
En tanto que el artículo tres del decreto, señala que la Dirección General de Programas Especiales de la Presidencia tendrá dependencia jerárquica del Ministerio de la Presidencia y su conducción estará a cargo de un director general.
Entre las atribuciones de la nueva institución, están delinear estrategias básicas de intervención y promover la coordinación intersectorial e inter-institucional para la reducción de la miseria y la pobreza en poblaciones y territorios altamente vulnerables.
Además, deberá impulsar la formulación e implementación participativa de Planes de Desarrollo Local Integral para elevar la calidad de vida y fortalecer la ciudadanía activa y la economía solidaria.
De igual manera, promoverá la acción coordinada y concentrada de todas las instituciones gubernamentales en apoyo a los planes de Quisqueya sin Miseria e impulsará el desarrollo de capacidades y oportunidades, en familias y comunidades vulnerables, para el desarrollo integral de la primera infancia, desde la gestación hasta cumplir los 5 años de edad.
También, promoverá el desarrollo de la Red de Hogares Comunitarios de Cuidado Diario y su articulación con las estancias infantiles, además de impulsar la participación coordinada y aportes de las empresas y organizaciones sin fines de lucro, así como de la cooperación internacional, para fortalecer la atención integral de la primera infancia.
Otra de las funciones de la nueva dependencia será promover y coordinar una movilización nacional para la eliminación del analfabetismo en el país, alianzas y participación coordinada y concentrada de las instituciones gubernamentales, no gubernamentales, basadas en la fe, empresarial y toda otra interesada en participar.
La nueva entidad estatal también deberá monitorear y evaluar el desarrollo de las actividades de Quisqueya sin Miseria.
Componentes del programa. Quisqueya sin Miseria tendrá como componentes fundamentales los programas Quisqueya Aprende Contigo, Quisqueya Empieza Contigo y Quisqueya Somos Todos.
El primero de esos programas está orientado a la eliminación del analfabetismo, el segundo a garantizar atención integral a la primera infancia, mientras que el tercero procurará asegurar la participación y la movilización social a través del programa Desarrollo Integral Local.
El mismo decreto, en su artículo seis, ordena a todas las instituciones dependientes del Poder Ejecutivo que tienen relación con los programas especiales de la Dirección, la coordinación permanente para el desarrollo de las intervenciones requeridas del programa Quisqueya sin Miseria.
Mientras que el artículo siete  establece que “la Dirección General de Programas Especiales dispondrá de un plazo de 90 días para someter un Reglamento Operativo al Presidente de la República, a través del Ministro de la Presidencia. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Post Bottom Ad

Responsive Ads Here

Pages